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Fui víctima de acoso sexual en el trabajo. ¿Que hacer?

Actualizado agosto 30, 2023 | Autor: Rodrigo Viudes
Fui víctima de acoso sexual en el trabajo. ¿Que hacer?

Precisamente ayer publicábamos aquí en UDS Finanzas sobre los motivos que pueden llevar a una persona a pedir el cese de su trabajo a pesar de la grave crisis financiera que ha hecho que muchas personas corran tras el dinero a cualquier precio.

Entre las diversas razones que enumeramos se encuentra el acoso sexual. No casualmente, al tratarse de un tema muy delicado, la repercusión del texto nos llevó a dedicar un espacio para abordarlo de una manera específica.

Si ya has sido víctima de acoso sexual en el trabajo y quieres saber qué puedes hacer al respecto, es necesario que leas atentamente este texto para conocer mejor el tema y qué leyes vigentes actualmente lo respaldan.

¿QUÉ ES EL ACOSO SEXUAL?

A pesar de que el nombre facilita la comprensión de de qué se trata, es necesario explicarlo para que las personas, ya sea en el ámbito laboral o no, sean conscientes del alcance legal de diversos tipos de conducta.

Para evitar dudas, estos son los más comunes:

  • Insistir en anécdotas sexuales
  • Exponer imágenes sexuales en grupos de mensajes.
  • Comunicarse con términos vulgares, refiriéndose a actos sexuales.
  • Nombrar a la mujer por sus características físicas.
  • Hacerle comentarios en broma a la mujer, sólo por la ropa que usa.
  • Simular gestos sexuales
  • Amenazar con ser despedido por negarse a cenar.
  • Insistir en una propuesta de interés deliberadamente sexual
  • Preguntar sobre la vida íntima del empleado.
  • Tocar cualquier parte del cuerpo femenino sin autorización.
  • Inducir el acto sexual

Como puede ver, el acoso sexual es mucho más amplio que simplemente implicar motivos ocultos. De ahí la necesidad de la víctima de comprender rápidamente la intención de determinadas conductas de compañeros de trabajo y directivos.

LA LEGISLACIÓN ACTUAL

Consulta a continuación las principales leyes vigentes que abordan el acoso sexual en Argentina:

  • Ley 25.087 – Ley de Contrato de Trabajo: establece pena de prisión de seis meses a cuatro años para los acosadores en el ámbito laboral, con posibilidad de aumento de hasta diez años de cárcel, dependiendo de las circunstancias del acoso.
  • Ley 26.485 – Ley de Protección Integral de la Mujer: determina que el gobierno mantenga políticas públicas y los sindicatos tomen medidas efectivas para frenar la ocurrencia de acoso sexual en las empresas públicas y privadas.
  • Ley 27.636 – Ley de Promoción del Acceso al Empleo Formal de Travestis, Transexuales y Transgénero: establece medidas para la inclusión de este público, cupos de contratación en el sector público y acceso al crédito.

MEDIDAS PREVENTIVAS

A pesar de la legislación disponible, como es sabido, continúan los casos de acoso sexual en las empresas. Asimismo, con el fin de promover la conciencia preventiva, los empleados pueden proponer a las empresas las siguientes medidas:

  • Comunicación transparente sobre la política interna de lucha contra el acoso sexual
  • Orientación periódica a todos y, especialmente, a aquellos cuyas posiciones son superiores a las demás.
  • Organización de momentos dentro del horario laboral para discusión y aclaración sobre el tema.
  • Exposición en el muro de comunicaciones de contactos para el traslado de denuncias, salvaguardando el derecho a proteger el nombre de la víctima
  • La actitud de despedir, habiendo agotado el espacio de defensa, a cualquier empleado que haya comprobado acoso sexual.

¿CÓMO INFORMAR?

Si la empresa para la que trabajas tiene su propia política y orientación sobre cómo actuar en caso de acoso sexual, busca los caminos indicados. En caso contrario, recurrir a la dirección inmediatamente superior a quien cometió el delito.

Si el acosador es el dueño de la empresa, avisar al sindicato (lo que se puede hacer cuando se acusa a compañeros de trabajo) y, en situaciones más graves, a la comisaría de policía más cercana.

En caso de apertura de proceso y eventual acuerdo o condena, la ley ofrece al trabajador unas reparaciones que serán definidas por la Justicia. Vea algunos ejemplos a continuación:

  • Regreso al ambiente laboral
  • Indemnización por daño moral
  • Pago de honorarios de abogados y costas judiciales.

En caso de duda, busque un abogado que pueda orientarlo en la obtención de las pruebas necesarias para acompañar el proceso en el tribunal.